ECONOMÍA

Planes de Ahorro a Largo Plazo: el último incentivo para complementar tu jubilación

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Planes de Ahorro a Largo Plazo: el último incentivo para complementar tu jubilación
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Bankia

01 Octubre, 2015


Para algunos el incentivo debe ser concreto: comprar una moto, hacer un viaje. Para otros, simplemente tener un colchón financiero para imprevistos. Sin duda, la primera motivación es mucho más poderosa, aunque la segunda sea mucho más necesaria, según nos ha enseñado la última crisis financiera.

Consciente de la necesidad de incentivar este tipo de previsión financiera, el Gobierno aprovechó la última reforma fiscal para introducir un incentivo al ahorro a largo plazo. Sí, ese que sirve sobre todo para los por si acasos. Así surgieron los Planes de Ahorro a Largo Plazo, cuyo principal atractivo es que los beneficios que generan están exentos en el IRPF.

Estos nuevos productos se ofrecen en dos formatos: Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo (CIALP) ó Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo  (SIALP). Veamos en qué consisten, aunque es conveniente saber que cada titular solo podrá ser titular de forma simultánea de uno de ellos:

  • CIALP: Se trata de un Contrato de Depósito que podrá estar relacionado con varios depósitos o contratos financieros, constituidos en la misma entidad y con rendimientos (siempre mobiliarios) integrados en la propia CIALP.
  • SIALP: Contrato de Seguro Individual de Vida que cubre contingencia por fallecimiento y/o invalidez, en el que el propio contribuyente sea el tomador, asegurado, y beneficiario salvo para el caso de fallecimiento.

Como ya hemos comentado, su gran atractivo es que no hay que pagar impuestos por los beneficios conseguidos. Eso sí, para llevarse este ‘premio fiscal’ hay que cumplir con el requisito de mantener la inversión un mínimo de cinco años. Esto es muy importante, ya que si estás dispuesto a invertir en uno de estos planes deberás hacerlo con un dinero que no preveas necesitar durante, al menos, ese periodo.

Para ser más precisos, el producto ofrece exención de retención fiscal a partir de que pasen 5 años desde el primer ingreso en el producto pero no es obligatorio que las siguientes inversiones tengan ese horizonte temporal (aunque depende del producto concreto).

La disposición del capital, o el incumplimiento de cualquier otro requisito antes del quinto año desde la constitución, obligaría a la tributación por las rentas generadas desde la apertura del plan, con el tipo de retención vigente en el año en que se produzca.

La exención fiscal (que permite obtener una rentabilidad financiero-fiscal superior a la indicada por la TAE del producto) se mantendrá durante toda la vida del producto: Es la ventaja más destacada. ¿Qué quiere decir esto? Que una vez que pasen 5 años desde la apertura, siempre se tendrá libre de retención fiscal las inversiones que se efectúen en el producto. Por ejemplo, abres un PALP el 1/11/15 y  a partir del 2/11/2020, todas las inversiones dejan de tener retención aunque sólo duren 1 semana (no hay que mantenerlas otros cinco años).

Otras características importantes son las siguientes:

  • La disposición del dinero siempre es completa y no se puede disponer de los intereses hasta la cancelación del producto.
  • No puede tenerse más que un Plan de Ahorro a Largo Plazo vivo a la vez.
  • La inversión anual máxima son 5.000 €.
  • Puede constituirse en distintas formatos (en teoría, en la práctica solo se comercializan en formato depósito y en formato seguro):
  • Cuenta a la vista: Está totalmente garantizado.
  • Depósito: Está totalmente garantizado.
  • Depósito Estructurado.
  • Contrato Financiero: Esta forma es la única que podría conllevar riesgos.
  • Seguro de Ahorro: Está totalmente garantizado.

Aunque hemos indicado en los productos que son garantizados, debemos matizar que, desde un punto de vista estrictamente normativo, los depósitos están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos (hasta 100.000€ por cliente y entidad). Y los seguros de ahorro están siempre garantizados teniendo en cuenta la solvencia de la aseguradora. ¿Qué significa esto? Que si quiebra una aseguradora es el Consorcio de Seguros quien garantiza el capital.

En cualquier caso, la inversión máxima en esos productos está limitada a un total de 5.000 euros por persona y año.

Los Planes de Ahorro a Largo Plazo complementan a los planes de pensiones como instrumento de ahorro para la jubilación, sin ser excluyentes con él. Por ejemplo, un cliente que antes podía aportar un máximo de 10.000 € a un plan de pensiones, en la actualidad (nueva normativa fiscal) podrá aportar hasta 8.000 € al plan de pensiones y 5.000 € adicionales en el nuevo producto.

Además, no hay que esperar a que suceda ninguna contingencia, como jubilación, fallecimiento, invalidez o paro de larga duración, para obtener beneficios fiscales sobre los importes invertidos, y el tiempo mínimo para beneficiarse fiscalmente es la mitad que la de los planes de pensiones: cinco años frente a diez  de estos últimos.

 

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